El Gobierno del PP impone los criterios de los ultracatólicos a los enfermos terminales

septiembre 23, 2015
MODIFICACIÓN DE LA LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE
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José Luis Iglesias
Presidente de Asturias Laica

El artículo aparece publicado hoy en Asturias24:

El Boletín Oficial del Estado publicaba el 29 de Julio la ley aprobada el día 28 de Modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. Nadie pensaba que en dicha ley el gobierno introdujese la disposición adicional 2ª en la que se establecen medidas que tienen mucho que ver con los cuidados paliativos y la sedación de los enfermos terminales y nada con la protección de la infancia.

En el caso de los enfermos terminales que no hayan registrado el Testamento vital y no estén en capacidad de decidir sobre aceptar o rechazar los tratamientos por haber perdido la conciencia, establece la ley que la decisión sigue correspondiendo a la familia como hasta ahora. Pero la adicional 6 establece que:

La decisión deberá adoptarse atendiendo siempre al mayor beneficio para la vida o salud del paciente. Aquellas decisiones que sean contrarias a dichos intereses deberán ponerse en conocimiento de la autoridad judicial, directamente o a través del Ministerio Fiscal, para que adopte la resolución correspondiente, salvo que, por razones de urgencia, no fuera posible recabar la autorización judicial, en cuyo caso los profesionales sanitarios adoptarán las medidas necesarias en salvaguarda de la vida o salud del paciente, amparados por las causas de justificación de cumplimiento de un deber y de estado de necesidad.” Read the rest of this entry »


La falta de libertad nos pone de rodillas

septiembre 9, 2015
ANÁLISIS DE LAS CONSECUENCIAS DEL RECIENTE CAMBIO EN LA LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE.
Congreso
Estación Término,  Fernando Padrós, Periodista, filósofo y miembro de Derecho a Morir Dignamente //  Blogs Público.es, 9 de septiembre

Estas líneas son continuación de los párrafos de mi comentario de la semana pasada. Es un aviso al lector por si le interesa o no leerlo. Continúo el comentario porque para mí recortar la libertad, aunque sea por pequeños cortes sucesivos- es poner de rodillas al hombre. Los españoles en pleno siglo XXI no tenemos mucha suerte, estamos viviendo una época de plomo y parece que se nos quiere volver a los tiempos del señor feudal: todos de rodillas ante un gobernante autoritario o déspota.

En 1997 el Convenio Europeo sobre Derechos Humanos y Biomedicina (Convenio de Oviedo) estableció el derecho a la información clínica, al consentimiento y al testamento vital. Este convenio del Consejo de Europa entró en vigor en el Reino de España el 1 de enero de 2000 y posteriormente en 2002 la Ley de Autonomía del Paciente, de acuerdo con el Convenio de Oviedo, fue la primera norma jurídica española que desarrolló los derechos del paciente y convirtió al enfermo en actor y protagonista de la relación médico-enfermo hasta el punto de que solo, cuando el enfermo da su consentimiento a la propuesta terapéutica del médico, se enciende la luz verde para que dicha actuación tenga validez ética y legal para ser ejecutada. Read the rest of this entry »


El PP, sin debate, modifica la Ley de Autonomía del Paciente

agosto 31, 2015
COMUNICADO DE LA ASOCIACIÓN DERECHO A MORIR DIGNAMENTE

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Casi por sorpresa, el PP con la ‘Ley de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia’, una ley que modifica bastante más de lo que anuncia, ha reformado la Ley de Autonomía del Paciente.

Y es que esta ley, (Ley  26/2015, de 28 de julio, publicada en BOE el 29 de julio), que se supone regularía la protección a la infancia y a la adolescencia,  modifica, además, la Ley de Autonomía del Paciente  introduciendo un cambio radical que afecta de manera determinante al derecho a la renuncia a tratamientos, a la disponibilidad de la propia vida y al valor que corresponde otorgar al consentimiento por representación en cualquier circunstancia en que éste no pueda ser prestado por el titular de la vida o la salud, sea cual sea su edad:  en la Disposición final segundaModificación de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, punto 6, establece:

“….En los casos en los que el consentimiento haya de otorgarlo el representante legal o las personas vinculadas por razones familiares o de hecho en cualquiera de los supuestos descritos en los apartados 3 a 5 (que afecta a cualquiera que no se encuentre en condiciones físicas o psíquicas de otorgarlo, con independencia de la edad), la decisión deberá adoptarse atendiendo siempre al mayor beneficio para la vida o salud del paciente. Aquellas decisiones que sean contrarias a dichos intereses deberán ponerse en conocimiento de la autoridad judicial, directamente o a través del Ministerio Fiscal, para que adopte la resolución correspondiente, salvo que, por razones de urgencia, no fuera posible recabar la autorización judicial, en cuyo caso los profesionales sanitarios adoptarán las medidas necesarias en salvaguarda de la vida o salud del paciente, amparados por las causas de justificación de cumplimiento de un deber y de estado de necesidad..

Un análisis de lo que esta modificación supone, nos lo ofrece la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD) en la Nota de prensa que compartimos.

Y una recomendación: hacer el testamento vital, rechazando medidas que no deseemos sufrir, resulta imprescindible. Con esta modificación a la Ley de Autonomía del Paciente, ya no se puede confiar en que el médico cumpla con el deseo que hayamos expresado a nuestros familiares.

COMUNICADO de DMD

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DMD (Derecho a Morir Dignamente) analiza de los programas electorales.

mayo 17, 2015

Hasta ahora, solo unas pocas comunidades (Aragón , Andalucía, Navarra, Baleares y Canarias), tienen vigente una ley acerca del proceso de morir y la muerte, (a nivel estatal, también existe la Ley 41/2002 Básica de Autonomía del Paciente).  De cara a estas elecciones municipales y autonómicas, DMD, presentó a todas las fuerzas políticas un programa de mínimos, que no exigiría ningún cambio legislativo, a la vez que recuerdan los compromisos que los gobiernos, también los autonómicos y municipales, han de mantener y tienen la obligación de cumplir en lo referente a la sanidad y al proceso de morir y la muerte, profundizando desde las Consejerías de Sanidad en el derecho y autonomía de los pacientes. Programa que se puede leer en su página.

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Pero además, realizó un análisis de los programas electorales para conocer la postura de los distintos grupos políticos sobre muerte digna, testamento vital y eutanasia. Análisis que, además de en su web,  fue publicado el domingo 17 de mayo por El Huffington Post :

 El Huffington Post , 17 de mayo Read the rest of this entry »