Los ultras Abogados Cristianos llevan de nuevo a un artista al juzgado. Declaran cuatro investigados en el caso de la ‘Santa Baldana’ de Tortosa por escarnio a los sentimientos religiosos, delito que el Gobierno se comprometió a derogar en 2025 pero sigue en el Código Penal. Amnistía Internacional reclama una reforma del Código sobre los delitos que atentan contra la libertad de expresión

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Contexto: En Tortosa, el primer miércoles de junio (2024) pasó un milagro o una tragedia. Todo depende del punto de vista. La Santa Baldana —con el paso decorado con cientos de morcillas negras en honor al embutido típico de la ciudad— se paseó en procesión desde el Auditori hasta el parque municipal Teodor González. Una vez allí, se escenificó un banquete que conmemoraba que esta santa hubiera traído abundancia a los tortosinos en una época de hambre.
Así se cerraban los dos actos de La Gran Bacanal, una acción artística de Josep Piñol (Tivenys, 1994), comisionada por el colectivo Konvent y que formaba parte de la programación del VII Foro de Cultura y Ruralidades que el Ministerio de Cultura celebraba este año en la capital del Ebro. Pero esta intersección entre lo sagrado y profano, lo divino y mundano, no contentó a todos. Y es que en Tortosa hay tres temas delicados: el monumento franquista que todavía acampa en medio del río, el Obispado y la Virgen de la Cinta. Esto también lo sabía Piñol, que ya intuía que se exponía a un linchamiento social si tomaba ese camino. Pero su arte no entiende de autocensura.
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Fuentes El Periódico (Germán González) | El Diario (Oriol Solé) | Amnistía Internacional, 20 de febrero de 2026
Tras dos suspensiones previas, este pasado miércoles tendría lugar la declaración como acusados en el Juzgado de Instrucción número 2 de Tortosa del creador y los organizadores de la performance ‘la procesión de Santa Baldana’ que se pudo ver en Tortosa el 5 de junio de 2024 dentro de la celebración del VII Fòrum Cultura i Ruralitats. Abogados Cristianos presentó una denuncia ante el juzgado al considerar que esta actuación artística pudo constituir un escarnio al burlarse presuntamente de los sentimientos religiosos.
El juzgado abrió una investigación[1]y ahora toma declaración como investigados al autor de la obra, Josep Piñol, los representantes del colectivo Konvent, en calidad de comisarios, y la actriz de la performance por la acusación de un supuesto delito de ofensas a los sentimientos religiosos. En concreto, el juez indaga si esta performance, que recreaba la procesión ficticia de Santa Baldana (una virgen cubierta de baldanas, un embutido similar a la morcilla propia de les Terres de l’Ebre), que reivindicaba el arte de comer y beber como si fuese un paso de Semana Santa trataba de burlarse del sentimiento religioso.
Esta procesión formaba parte del proyecto artístico llamado La Gran Bacanal que recorrió las calles de Tortosa simulando esta procesión y que acabó con un almuerzo colectivo. El acto está comisariado por colectivo Konvent y la dirección artística es de Josep Piñol. Los portadores del paso iban de negro, con gorras de la cofradía de nuestra señora Santa Baldana y se elaboró una oración, que Abogados Cristianos considera ‘blasfema’.
Días después del acto el obispado de Tortosa, el capítulo de la catedral y la Real Archicofradía y la Corte de Honor de la Virgen de la Cinta emitieron un comunicado en el que consideraban La Gran Bacanal como una «burla» y desprecio a los creyentes, «nuestra fe» y «nuestras tradiciones», en referencia a la religión católica. Sin embargo, los responsables de la obra no querían generar ningún tipo de ofensa a la fe católica ni a los creyentes.
Según han informado fuentes jurídicas, el artista Josep Pinyol y los otros tres investigados han explicado el motivo artístico y contexto de la obra: durante el VII Foro de Cultura y Ruralidades celebrado en Tortosa en 2024, ocho costaleros portaban el paso (una estructura con patas de cerdo y morcillas), precedido por una banda de música y seguido por unas 300 personas en romería para conmemorar la Santa Baldana y llevar a los asistentes de un punto a otro del evento.
También han desmentido que con su creación artística buscaran burlarse u ofender a los sentimientos religiosos. “La Santa Baldana nos acompaña con el mismo espíritu de paz y abundancia con el que vino, pese a que algunos les dé miedo”, ha manifestado a las puertas del juzgado Pinyol, informa la Agència Catalana de Notícies (ACN).
Por su lado, el abogado del artista, Eric Sanz de Bremond, ha confiado en que el juzgado archive el caso una vez practicadas todas las declaraciones: “Es un claro ejercicio de libertad de expresión y artística sin burla”.

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Quejas de Amnistía Internacional
Coincidiendo con estas declaraciones en el juzgado de Tortosa, Amnistía Internacional ha lamentado en un comunicado «que otro caso amparado por el derecho a la libertad de expresión deba afrontar una causa penal» y reclama «la reforma urgente de los artículos del Código Penal que atentan contra la libertad de expresión y contravienen los estándares internacionales de derechos humanos».
Recuerdan que Código Penal castiga con multas las expresiones que hagan “escarnio” de dogmas o creencias religiosas con intención de ofender y que se trata de un delito que no exige para su comisión una incitación directa a la violencia: «Este es el umbral que establece el derecho internacional de los derechos humanos para permitir la persecución penal: solo es posible en casos graves donde la expresión incita directamente a la violencia y existe una relación causal demostrada y probable entre el mensaje y la comisión de actos violentos».
En pleno 2026, casos como éste muestran cómo la sátira y las representaciones artísticas aún pueden ser perseguidas penalmente en España, con humoristas o artistas debiendo ir a juzgados a contar sus chistes o creaciones . En este sentido, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha afirmado en reiteradas ocasiones que las expresiones que ofenden, perturban o molestan también están protegidas por la libertad de expresión.
Es importante resaltar también el preocupante efecto disuasorio o silenciador de estas investigaciones penales, que lanzan el mensaje a la sociedad de que determinadas expresiones humorísticas, satíricas o creaciones artísticas pueden enfrentarse a consecuencias muy negativas.
«La protección de conceptos abstractos o creencias religiosas no es un motivo admisible para restringir la libertad de expresión. El delito de ofensa contra los sentimientos religiosos debe desaparecer de una vez del Código Penal para que no se repitan situaciones como la que hoy afronta el autor de Santa Baldana «, ha señalado Eduard, Amnistía Internacional Cataluña.
Amnistía Internacional considera que la investigación penal contra la performance ‘Santa Baldana’ es un ataque a la libertad de expresión y pide el archivo de la causa.
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Vídeo Josep Piñol
Nota Asturias Laica
Sobre la performance de la Santa Baldana en el blog de A.L.
– El creador de la procesión de la Santa Baldana impulsa una ‘Congregación’ en la red

















