Del IRPF y otras ventajas de la Iglesia: tres clases de confesiones religiosas según su financiación estatal

junio 22, 2025

Existen, según el catedrático Torres, «tres soluciones diferentes a la hora de abordar la financiación directa del Estado: el de la Iglesia católica, el de las confesiones con acuerdo con el Estado y el de aquellas» sin él.

Vista del interior de la mezquita o mezquita-catedral de Córdoba / Archivo. Europa Press
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Raúl Bocanegra, Público, 22 de junio de 2025

Las estructuras creadas y maduradas al calor de la fe religiosa gozan en España de un buen número de ventajas fiscales, homologable en numerosos aspectos al de las fundaciones, ONG y entidades sin ánimo de lucro. Sin embargo, no todas ellas cuentan con los mismos beneficios ni privilegios ni relación con el Estado. Existe en España un sistema que podría calificarse de tres velocidades, o que clasifica a las religiones, en cuanto a sus relaciones de financiación con el Estado, en tres grupos.

Así, existen, según Alejandro Torres, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Pública de Navarra, «tres soluciones diferentes a la hora de abordar la financiación directa estatal a las confesiones: el de la Iglesia católica, el de las confesiones con acuerdo y el de aquellas que carecen del mismo».

Iglesia católica

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