El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tiene pendiente resolver si la negativa de la Iglesia a borrar actas de bautismo vulnera el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), tras emitir la Abogada General sus conclusiones (considera que la Iglesia tiene que borrar los nombres de la partida de bautismo si se solicita)

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Asturias Laica | Fuentes. Zenit, Infocuria, ABC, 2 de octubre de 2026
Un caso belga ha suscitado un debate jurídico discreto pero trascendental sobre la confluencia de la fe, la memoria y el derecho a la privacidad en la era digital. El tema central es el bautismo y la cuestión de si una persona puede borrar todo rastro del mismo.
Un ciudadano de la diócesis de Gante (Bélgica) solicitó borrar por completo sus datos de los registros bautismales tras abandonar la Iglesia. La diócesis de Gante -como sucede en España- en lugar de destruir el registro del bautismo optó por añadir una anotación marginal y marcar la entrada original con líneas diagonales para reflejar que la persona había abandonado la Iglesia.
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Posted by asturiaslaica 

















