ANÁLISIS DE LAS CONSECUENCIAS DEL RECIENTE CAMBIO EN LA LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE.
Estación Término, Fernando Padrós, Periodista, filósofo y miembro de Derecho a Morir Dignamente // Blogs Público.es, 9 de septiembre
Estas líneas son continuación de los párrafos de mi comentario de la semana pasada. Es un aviso al lector por si le interesa o no leerlo. Continúo el comentario porque para mí recortar la libertad, aunque sea por pequeños cortes sucesivos- es poner de rodillas al hombre. Los españoles en pleno siglo XXI no tenemos mucha suerte, estamos viviendo una época de plomo y parece que se nos quiere volver a los tiempos del señor feudal: todos de rodillas ante un gobernante autoritario o déspota.
En 1997 el Convenio Europeo sobre Derechos Humanos y Biomedicina (Convenio de Oviedo) estableció el derecho a la información clínica, al consentimiento y al testamento vital. Este convenio del Consejo de Europa entró en vigor en el Reino de España el 1 de enero de 2000 y posteriormente en 2002 la Ley de Autonomía del Paciente, de acuerdo con el Convenio de Oviedo, fue la primera norma jurídica española que desarrolló los derechos del paciente y convirtió al enfermo en actor y protagonista de la relación médico-enfermo hasta el punto de que solo, cuando el enfermo da su consentimiento a la propuesta terapéutica del médico, se enciende la luz verde para que dicha actuación tenga validez ética y legal para ser ejecutada. Read the rest of this entry »

Posted by asturiaslaica 
















