Cataluña: la Generalitat ante el expolio de la Iglesia | Plataforma catalana para la Recuperación de los Bienes Inmatriculados

Sobre cómo el Gobierno de Illa pasa de no investigar las inmatriculaciones a financiarlas con dinero público en nombre de la crisis de la vivienda

Foto de Luis Manglano | LoQueSomos
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Plataforma catalana para la Recuperación de los Bienes Inmatriculados, LoQuesomos, 29 de mayo de 2026

La necesidad de vivienda social es hoy una de las principales emergencias del país, y cualquier política orientada a garantizar ese derecho merece, de entrada, reconocimiento y compromiso. Precisamente por eso, analizar críticamente las medidas que se presentan en su nombre es un ejercicio delicado, a menudo incómodo, pero necesario: porque no todo lo que se articula bajo la etiqueta de vivienda social contribuye, de forma efectiva, a reforzar el interés general ni la mayor disponibilidad de vivienda para quien lo necesita.

En este sentido, las declaraciones recientes de la Secretaría de Vivienda de la Generalidad de Cataluña, Lídia Guillén Simón, en defensa de lo que llama un acuerdo histórico entre el Gobierno de la Generalidad y la Iglesia Católica en Cataluña para la cesión de inmuebles destinados a vivienda social, no son una intervención más en el debate público: fijan marco a las políticas y legitiman. Por eso es relevante partir de la posición y el discurso de quien las formula.

La figura de Lídia Guillén Simón, en tanto que responsable directa del diseño e impulso de estas políticas, no es sólo descriptiva sino central para entender el alcance y las implicaciones de este acuerdo con la Iglesia Católica. Es desde este punto de partida institucional -y desde sus propias declaraciones- que es necesario analizar qué se está construyendo realmente.

El arzobispo Joan Planellas y el presidente Salvador Illa
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Lídia Guillén Simón es la actual secretaria de Vivienda de la Generalidad de Cataluña, nombrada por el Gobierno de Salvador Illa en agosto de 2024. Está integrada en el Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, bajo la dirección de la consejera Sílvia Paneque. Como profesional es licenciada en Arquitectura Superior por la Universidad Politécnica de Catalunya (UPC). También tiene un posgrado en Desarrollo Directivo (UPC) y un máster en Bioconstrucción y Técnicas de medición ambiental. Antes de su cargo actual, era la gerente de la Sociedad Municipal de Vivienda de Terrassa. Anteriormente, había ejercido como arquitecta en los ayuntamientos de Barcelona y de Sant Pere de Riudebitlles. Como secretaria de Vivienda, también es la titular de la Secretaría de Vivienda y vicepresidenta de la Asociación de Gestores de Políticas Sociales de Vivienda de Catalunya (GHS).

Desde su cargo actual en el Gobierno de Cataluña, es la persona que lidera el diseño, la planificación territorial y el impulso de las políticas públicas para ampliar la oferta de vivienda social y asequible. Ha defendido públicamente la vivienda como pilar de cohesión social y apuesta por la colaboración entre el sector público y los propietarios privados. En este marco, Lídia Guillén Simón ha sido una figura clave en la gestión y defensa del acuerdo entre el Gobierno de la Generalidad y la Iglesia Católica en Cataluña para la cesión de inmuebles destinados a vivienda social.

Los puntos principales de lo comunicado sobre este acuerdo son muy elocuentes de su carácter histórico:

Tipo de inmuebles: El acuerdo prevé la cesión de seminarios en desuso, rectorías, antiguos conventos y edificios parroquiales infrautilizados para transformarlos en pisos de alquiler asequible.

Titularidad: Las diócesis mantendrán la “propiedad” de los bienes, pero cederán su uso a la Generalitat por un período inicial (normalmente de cuatro años prorrogables).

Rehabilitación: El Gobierno se compromete a financiar y ejecutar las obras necesarias para adecuar estos espacios, puesto que muchos de ellos se encontrarían actualmente en mal estado.

Objetivo social: La medida buscaría dar una “respuesta inmediata” a familias en situación de vulnerabilidad y aumentar el parque de vivienda pública sin tener que construir cero en zonas ya consolidadas.

Por último, Lídia Guillén ha calificado este tipo de alianzas como un ejemplo de la colaboración público-privado (o público-institucional) necesaria para garantizar el derecho a la vivienda como «pilar de cohesión social». Y ha dicho que esta estrategia forma parte de un plan más amplio que incluye la cesión de otros activos (de la iglesia y de otros privados) para alcanzar objetivos como la construcción de miles de viviendas protegidas en esta legislatura.

La posición de Lídia Guillén Simón en relación al acuerdo con la Iglesia Católica presenta varios puntos críticos desde una perspectiva de política pública, derecho patrimonial y coherencia institucional.

En primer lugar, existe una evidente tensión entre el discurso jurídico sostenido por diferentes instancias públicas —según el cual las inmatriculaciones basadas en certificación eclesiástica pueden carecer de título material suficiente— y la práctica administrativa que, de facto, reconoce estas titularidades mediante acuerdos de cesión. Aceptar el uso de estos bienes sin una previa verificación exhaustiva de su titularidad implica consolidar situaciones jurídicas potencialmente viciadas. Esto no es neutral: supone una forma de validación indirecta de un mecanismo (la inmatriculación eclesiástica) que ha sido cuestionado ampliamente doctrinal y socialmente. Sin embargo, en ningún momento se ha querido mencionar que no se podrán recibir bienes inmatriculados a instancia de la declaración unilaterales de los obispos sin un título válido en derecho que acredite el modo de adquisición del dominio. Y no se hace, porque seguramente será casi la totalidad de los bienes cedidos.

La Basílica de Nuestra Señora del Mar fue pagada íntegramente por los vecinos del barrio de la Ribera, que recaudaron fondos suficientes y colaboraron materialmente en su edificación. Nadie imaginaba que que 684 años después el monumental edificio que levantaron con sus manos acabaría inmatriculado por la jerarquía católica | Foto Ajuntament de Barcelona
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En segundo lugar, el argumento de eficiencia -“no empezar de cero”- es técnicamente débil si no se contrasta con un análisis comparativo riguroso. Rehabilitar patrimonio ajeno con inversión pública, manteniendo su propiedad en manos privadas, puede generar un retorno social inmediato, pero también consolida un modelo de transferencia de valor público hacia patrimonios privados. Sin un completo estudio económico (coste de oportunidad, vida útil de la inversión, régimen de reversión, alternativas dentro del parque público existente), esta opción no puede considerarse óptima por defecto.

En tercer lugar, la falta de recursos «para investigar titularidades» (como ha informado la Generalitat de Catalunya cuando fue requerido para que investigue el expolio inmatriculador de patrimonio público por parte de la iglesia durante 70 años) contrasta con la disponibilidad de recursos para financiar rehabilitaciones a menudo millonarias. Esto apunta a una priorización política del todo discutible: se renuncia a clarificar la naturaleza jurídica de los bienes -que podría derivar en su incorporación al dominio público en favor de la gente sin vivienda- mientras se asume gasto para adecuarlos en beneficio de un titular privado vinculado y controlado por un estado extranjero como la Santa Sede-Estado del vaticano. Desde un punto de vista de buena administración (art. 103 CE y principios de gestión eficiente), esta asimetría es difícilmente justificable.

En cuarto lugar, el modelo de cesión temporal (4 años prorrogables o 30 años) introduce una inestabilidad estructural en el parque de vivienda social generado. La Generalitat asume el coste de rehabilitación pero no consolida patrimonio propio. Esto debilita la construcción de un parque público estructural y perpetúa la dependencia de terceros. En términos de política de vivienda, esto es contrario a las habituales recomendaciones de consolidación de parque público permanente.

En quinto lugar, existe una cuestión de coherencia con la función social del patrimonio. Si muchos de estos bienes han sido históricamente construidos, mantenidos y vinculados a usos comunitarios o incluso a posibles situaciones de dominio público o comunal, su instrumentalización como activos privados en un esquema de colaboración público-privada supone una desposesión simbólica y material. Especialmente problemático es que esto se haga en nombre de la vivienda social, es decir, utilizando una necesidad estructural de la población para legitimar operaciones que pueden consolidar procesos previos de privatización.

Por último, desde un punto de vista de gobernanza, esta estrategia refuerza un modelo de política pública reactiva y oportunista (aprovechar disponibilidad de activos infrautilizados) en lugar de un modelo planificado basado en diagnosis territorial, inventario de bienes públicos disponibles y estrategias de recuperación patrimonial. Esto es especialmente relevante en un contexto como el catalán, donde la carencia de un inventario completo de bienes inmatriculados limita cualquier política patrimonial coherente.

En este sentido, es necesario profundizar en este círculo perverso de las inmatriculaciones de los obispos sin título de propiedad para “cederlas temporalmente” para vivienda social, siempre que se reparen con dinero público…

El Gobierno presenta como «acuerdo histórico» la cesión de inmuebles de la Iglesia para vivienda social. Y lo es de histórico, pero por razones opuestas a las mencionadas: lo que se pone en marcha no es sólo una política de emergencia, es la consolidación de un círculo jurídico y político profundamente vinculado a un expolio.

El círculo está claro -y grave-. Primero, bienes que históricamente han sido públicos o comunales, y por tanto fuera de comercio, son apropiados mediante una declaración unilateral de un obispo. Posteriormente, el sistema registral público convalida esta declaración y le otorga apariencia de verdad jurídica, sin contraste material del título. A continuación, las administraciones se niegan a hacer público un inventario completo de estos bienes -ni siquiera a instancias de entidades sociales- alegando carencia de recursos. Y por último, estas mismas administraciones aceptan en cesión estos inmuebles como si fueran legítimamente privados, invirtiendo dinero público para rehabilitarlos.

Éste es el núcleo del problema: se pasa de la posible apropiación indebida a su legitimación institucional, y de ahí a su financiación pública.

El acuerdo que defiende Lídia Guillén Simón es paradigmático de esta deriva. Se presenta como política social lo que, en realidad, consolida una transferencia de valor público hacia manos privadas. No se cuestiona la titularidad, no se depura el origen de los bienes, no se recupera patrimonio potencialmente público: se da por bueno y se invierte en él. Y todo ello bajo una justificación aparentemente incontestable: la urgente necesidad de vivienda social.

Pero ahí es donde la perversión se hace más evidente. Se utiliza una necesidad estructural –probablemente la principal emergencia social del país– para legitimar un modelo que refuerza la desposesión de bienes públicos que en parte ya pertenecen a gente necesitada de vivienda. Se rehabilitan edificios a menudo derribados o abandonados con dinero público, pero la propiedad sigue en manos de quienes nunca han acreditado el título con garantías. La administración paga, el privado conserva.

Esto no es una colaboración público-privada, ni mucho menos puede ser ejemplar. Es una entrega pública de bienes comunes a favor de un privado multinacional perteneciente a un estado extranjero.

Además, el proceso no es puntual. Se está generalizando. Muchos ayuntamientos pequeños, sin capacidad para litigar contra el aparato jurídico de la Iglesia -que a estos efectos sí actúa como un único sujeto fuerte y coordinado- optan por aceptar esta lógica. Y ahora el salto que se pretende es aún mayor: gobiernos autonómicos que institucionalizan este modelo, convirtiéndolo en política pública.

El resultado es una nueva fase del mismo proceso: Primero se permite la inscripción. Luego no se cuestiona. Luego se oculta (sin listados públicos completos, sin datos georeferenciados, sin transparencia sobre las entidades o personas jurídicas titulares). Luego no se revierte. Y por último, se legitima mediante acuerdos de cesión con la propia administración que implican inversión pública en beneficio privado.

Esta secuencia no sólo no resuelve el problema de la vivienda. Lo desplaza y, al mismo tiempo, consolida una arquitectura de desposesión de bienes públicos.

Si el objetivo fuera realmente ampliar el parque de vivienda disponible, la prioridad debería ser clara: identificar, auditar y recuperar bienes potencialmente públicos o comunales antes de destinar recursos a reforzar titularidades privadas que el propio estado ya han reconocido inconstitucionales y con inscripciones en el registro de la propiedad nulas de pleno derecho.

Lo que se presenta como solución rápida es, en realidad, una renuncia estructural. Y lo más grave: se hace en nombre del derecho a la vivienda.

La colaboración con actores privados con fines sociales -que puede ser legítima- no convalida las condiciones en que se produce: sin una depuración previa de la titularidad, con transferencia sostenida de valor público hacia manos privadas, sin consolidación efectiva del parque público y con una utilización instrumental de una necesidad social básica, se configura un escenario de vulneración grave de la ordenación, subordinado a la consolidación de intereses privados bajo una apariencia de finalidad social.

En este contexto, las declaraciones públicas que presentan estos acuerdos como paradigma de la colaboración público-privada redefine el propio papel de las instituciones gubernamentales implicadas. Lídia Guillén Simóni el Gobierno de Salvador Illa corren el riesgo de transformar la Secretaría de Vivienda en una instancia de convalidación institucional del expolio y de gestión pública de intereses privados, apenas revestida de una retórica social que, en lugar de revertir la desposesión del derecho a la vivienda, la consolida.

Plataforma catalana para la Recuperación de los Bienes Inmatriculados

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Notas Asturias Laica

1. El original está en catalán. Traducción de Google, con alguna corrección.

2. Sobre el convenio Generalitat-Iglesia católica citado:
La Iglesia catalana firma un convenio con Illa para ceder propiedades para vivienda social, El País, febrero de 2026
El acuerdo, de cuatro años, prevé que las diócesis mantengan la titularidad de los bienes

3. Sobre la basílica de Santa María del Mar en el blog de Asturias Laica
Así se quedó la Iglesia con la Catedral del Mar sufragada por los vecinos de Barcelona (2025)

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