Rescatamos en nuestra «Hemeroteca» un resumen de la conferencia que la profesora de Teoría e Historia de la Educación de la Universidad de Oviedo Aida Terrón, desarrolló dentro del ciclo de conferencias que la Fundación de Investigaciones Educativas y Sindicales (FIES) y la Federación de Enseñanza de CCOO organizaron con el título «Sociedad laica, escuela laica» en Segovia los días 7, 14, 21 y 28 de noviembre.
La charla constituye un breve pero muy interesante resumen de las causas, el origen y la situación actual (aún a pesar de los años transcurridos), acerca del control de la iglesia católica en la educación de nuestro país, y, junto a las otras dos conferencias impartidas, se recoge en el Cuaderno nº6 de Noviembre de 2007, de FIES
NO SE TRATA en esta intervención de argumentar a favor de la laicidad de la escuela o, en un sentido más concreto, de la supresión de la religión del espacio escolar. Ello“va de sí” en una sociedad democrática y de ciudadanos, que asigna a la escuela la construcción de un pensamiento racional y riguroso así como la práctica de valores como el diálogo, el consenso, la reflexión crítica, etc., todo ello radicalmente contrapuesto al imperio del dogma, la Verdad revelada y su acatamiento moral. Ni se trata tampoco de recordar que la incardinación de la enseñanza de la religión en el sistema educativo supone, de hecho, un uso sectario del poder público por parte de la Iglesia, al aprovecharse indebidamente de la obligatoriedad escolar y de los fondos públicos para extender su misión de apostolado, propiamente confesional.
Pero con todo, quienes defienden la laicidad de la escuela deben ser conscientes de la “profundidad” de un asunto que, más allá de la lógica aconfesional, necesita ser percibido con perspectiva histórica. Analizarlo desde una óptica presentista, a partir de una racionalidad jurídica o/y desde argumentos ideológicos, resulta insuficiente para calibrar una situación cuyo despliegue en el “tiempo largo” revela su verdadera naturaleza: los discursos y las prácticas que han ido decantando la presencia de la Iglesia católica en la educación española tienen una larga historia, que pesa de manera determinante sobre nuestro presente.
Pretendemos aquí exponer algunos momentos sustantivos de ese proceso, que explican la confesionalidad (si no formal, si real) de nuestra educación y la existencia dentro de nuestro sistema educativo, de un auténtico subsistema educativo católico, con importantes recursos estratégicos, materiales y humanos. Una historia que está condicionando su presente y (sin duda) su futuro: baste recordar que, hoy, del “pastel” de la enseñanza privada (que representa aproximadamente un 30% del total, en todos sus grados y modalidades) más del 90% está constituido por centros católicos. El tejer de la dinámica pasado-presente ha asentado definitivamente un esquema según el cual la Iglesia considera intocables:
Su plena libertad para crear instituciones educativas con las mínimas exigencias legales, sin ingerencia de los poderes públicos y con plena validez académica de sus estudios.
El carácter subsidiario de los poderes públicos frente a los derechos de las familias (y, por tanto, los de la Iglesia) I El derecho (inalienable) de las familias a la elección de centro.
La obligación de padres católicos a recurrir a escuelas católicas
La no exigencia de neutralidad o pluralismo ideológico y religioso para recibir fondos.
La oferta obligatoria de religión también en todos los centros públicos, así como el respeto a sus ideas y creencias por las instituciones educativas no pertenecientes al subsistema propio.
A) LA ESTRATEGIA MAXIMALISTA: “EL DERECHO DIVINO” DE LA IGLESIA A ENSEÑAR LA VERDAD
Si a lo largo del siglo XIX los llamados países occidentales procedieron a construir sistemas educativos públicos, desplazando el tradicional papel de las Iglesias en la educación, en España ese desplazamiento fue mínimo.
Algunos intentos liberales en esa dirección fueron barridos por las fuerzas conservadoras, sometiendo el sistema educativo al Concordato con el Vaticano (1851) según el cual la confesionalidad del estado español obligaba a que “la instrucción en las universidades, colegios, seminarios y escuelas públicas y privadas de toda clase (se haga) conforme con la doctrina de la misma religión católica” (art. 91); así lo reglamentó la ley que sólo unos años después (Ley Moyano, 1857) pasó a regular nuestro sistema educativo a lo largo de más de 100 años (hasta 1970, sustituida por la Ley General de Educación) sancionando una definitiva intervención de la iglesia que, única poseedora de la verdad, verá legitimado su “divino derecho” a enseñar sin que, además, a sus párrocos, Órdenes y Congregaciones se les exija ningún requisito de formación, titulación, etc. Amparada por el Estado, este será un tiempo en que la Iglesia se oponga ferozmente al derecho de todos a enseñar (a la libertad de enseñanza, que reclaman republicanos, liberales, anarquistas, etc, a fin de crear centros educativos aconfesionales o laicos) e igualmente a la libertad de cátedra que comenzaba a reclamar un pequeño sector del profesorado público, objetando el Concordato en defensa de la libertad de ciencia y de conciencia en sus enseñanzas.
B) ACOMODÁNDOSE A LOS TIEMPOS: LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA Y EL “DERECHO DE LOS PADRES A ELEGIR”
Tras la revolución del 68 y la I República, esas libertades, –la libertad de enseñanza, la de ciencia y la de conciencia–, fueron recogidas constitucionalmente. Son años en los que una más decidida intervención de los poderes públicos en la expansión de la educación nacional fue vista con recelo por una Iglesia que descalificó esta intervención como un intento de “monopolio del estado” en el ámbito educativo, al que los padres católicos debían oponerse.
Para combatirlo procederá ahora (finales del XIX) a una defensa radical de la libertad de enseñanza, entendida como derecho (divino) de la Iglesia a enseñar y derecho (ciudadano) de los padres a elegir. Una estrategia decididamente centrada en “reivindicar dentro de nuestra patria la libertad de enseñanza cristiana, considerándola como la primera posición que hemos de conquistar, a fin de que, aun dada la organización social presente, alcancen el padre de familia y la Iglesia la plenitud de sus derechos”; y se añade:“este lema invocado en el campo católico” (el de la libertad de enseñanza) que “equivale hoy a un ejército” ante el monopolio de Estado docente, “es la clave necesaria para penetrar en los alcázares de la organización contemporánea del Estado y hacer valer nuestros derechos…”; “será al fin de hoy en adelante, para nuestras reivindicaciones sobre materias de enseñanza, lo que la experiencia de nuestros mayores expresaba en la gráfica sentencia de “entrar en la ajena para salir con la suya” (Sánchez Toca, 1889).
C) LA CONQUISTA DE NUEVOS ESPACIOS. ¿QUIÉN ES SUBSIDIARIO DE QUIÉN?
D) LAS ASOCIACIONES DE PADRES CATÓLICOS, EFICACES COLABORADORES
E) LOS TIEMPOS DE ESPLENDOR: EL NACIONAL-CATOLICISMO O LA TOTAL SUBSIDIARIEDAD DEL ESTADO
F) DE CÓMO LA “LIBERTAD DE ENSEÑANZA” SE TRANSMUTÓ EN “LIBERTAD DE CREACIÓN DE CENTROS”, PARA ACABAR DERIVANDO EN “LIBERTAD DE ELECCIÓN DE CENTRO” Y DESPUÉS EN “LIBERTAD DE ELECCIÓN DE ALUMNOS”